|
ACUERDO DE GESTIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, LOS
CONGRESOS GENERALES DE KUNA YALA Y EL COMITÉ GESTOR DEL
FONDO DE FINANCIACIÓN DE LA V COMISIÓN MIXTA
HISPANO-PANAMEÑA DE COOPERACIÓN TÉCNICA PARA EL PROYECTO
“IMPLEMENTACIÓN DE LA EDUCACIÓN BILINGÜE INTERCULTURAL
EN LOS TERRITORIOS KUNAS DE PANAMÁ”.
Entre los suscritos, a saber, MIGUEL A. CAÑIZALES M.,
con cédula de identidad personal 3-85-1871, en su
condición de Ministro de Educación de la República de
Panamá, en adelante EL MEDUCA, por una parte; por la
otra, HÉCTOR ALEXANDER, con cédula de identidad personal
3-62-630, en su condición de Viceministro de Economía y
Finanzas de la República de Panamá, GERARDO ZALDÍVAR
MIQUELARENA, con Pasaporte Diplomático Nº PD 2836, en su
condición de Embajador de España, estos dos últimos
actuando en representación del Comité Gestor del Fondo
de Financiación de la V Comisión Mixta Hispano-Panameña
de Cooperación, en adelante FONDO MIXTO, y por la otra,
GILBERTO ARIAS, con cédula de identidad personal
10-11-675, en su condición de Saila Dummad de la Comarca
Kuna Yala, en adelante CONGRESOS GENERALES, han
convenido celebrar el presente Acuerdo de Gestión del
“Proyecto de Implementación de la Educación Bilingüe
Intercultural en los territorios Kunas de Panamá”, en
adelante EL PROYECTO EBI KUNA.
CONSIDERANDO:
Que motivados por la
importancia de las relaciones de cooperación
entre España y la República de Panamá, para el
desarrollo económico y social de ambas naciones, tal y
como se desprende del Acta de la V Reunión de la
Comisión Mixta Hispano-Panameña de Cooperación Técnica,
firmada en Panamá el 27 de mayo del año 2005, las
delegaciones de ambos países establecieron como unas de
las áreas prioritarias de cooperación el
desarrollo social de los pueblos indígenas de Panamá.
Que dicha Acta refleja el acuerdo
alcanzado entre ambas delegaciones de que
sus actuaciones de cooperación en esta materia deberán
contribuir al reconocimiento y al ejercicio del derecho
de los pueblos indígenas a articular sus propios
procesos de desarrollo social, económico, político y
cultural.
Que asímismo, en la
V Reunión de la Comisión Mixta
las delegaciones de ambos países evaluaron de forma muy
positiva el programa llevado a cabo en Kuna Yala por la
cooperación hispano – panameña entre 2000 y 2004, en
colaboración con el Congreso General Kuna, autoridad
tradicional de esa comarca indígena, el cual ha obtenido
importantes logros en materia de ordenación del
territorio, uso sostenible de los recursos naturales y
educación bilingüe intercultural (EBI).
Que ambos gobiernos acordaron dar continuidad a las
actuaciones de cooperación en Kuna Yala y al proyecto en
materia de educación bilingüe intercultural kuna,
respaldando a EL MEDUCA y a los CONGRESOS GENERALES en
la adaptación a la EBI del currículo educativo, los
programas de estudio y los materiales educativos
dirigidos a la población escolar kuna, así como en la
formación de educadores en la metodología bilingüe
intercultural.
Que la Ley 47 de 24 de septiembre de 1946, Orgánica de
Educación, establece que “La educación para las
comunidades indígenas se fundamenta en el derecho de
éstas de preservar, desarrollar y respetar su identidad
y patrimonio cultural” (Art. 11) y que esta educación
“se desarrolla conforme a las características, objetivos
y metodología de la educación bilingüe Intercultural”
(Art. 12).
Que el lanzamiento oficial del Plan Nacional de
Educación Bilingüe Intercultural, como política de
Estado, realizado por el Excelentísimo Señor Presidente
de la República Martín Torrijos Espino el 12 de agosto
de 2005, establece las líneas estratégicas nacionales en
esta materia e incluye un Anteproyecto de Ley mediante
el cual se protegen y oficializan los idiomas indígenas
de Panamá y se establecen las bases lingüísticas de la
EBI, constituyendo un gran aporte y avance histórico.
Que las partes firmantes son conscientes de la
importancia de elevar el nivel de eficacia y eficiencia
de la ejecución de los proyectos de ayuda al desarrollo
que lleva a cabo el FONDO MIXTO, por lo que reconocen el
esfuerzo que está llevando a cabo el Gobierno de Panamá
para lograr una Administración Pública más eficiente y
receptiva hacia las necesidades de la población más
desfavorecida, y siendo
Que las autoridades tradicionales de la Comarca Kuna
Yala han mostrado un gran interés en impulsar y orientar
el proceso de implementación de la EBI en su comarca,
logrando la participación de un número muy amplio de
dirigentes de todas las comunidades, así como de
educadores y padres y madres de familia, por lo que las
autoridades de las otras comarcas y territorios kunas de
Panamá han demostrado interés en sumarse al proceso de
implementación de la EBI iniciado ya por la comarca Kuna
Yala.
Que las partes coinciden en que es necesario formar un
esquema de organización y concretar mecanismos de
gestión específicos, para alcanzar los objetivos de EL
PROYECTO EBI KUNA, aprobado por el Comité Gestor en su
XLI Reunión, celebrada el 7 de octubre de 2005.
Que los fondos concedidos por el FONDO MIXTO a EL
PROYECTO EBI KUNA, ascienden a novecientos sesenta y
seis mil ciento noventa Balboas con 00/100 (B/.
966.190),
cantidad aprobada presupuestariamente en reunión del
Comité Gestor del FONDO MIXTO, que está sujeta a cambios
de acuerdo a los correspondientes Planes Operativos
Anuales (POA), y que los acuerdos y obligaciones a los
que se someten las entidades firmantes se formalizan
para dar continuidad a acciones que se vienen ejecutando
desde octubre de 2005 hasta diciembre de 2008.
ACUERDAN:
PRIMERO:
Entidades ejecutoras.
Las entidades ejecutoras de EL PROYECTO EBI
KUNA son: Los Congresos Generales de Kuna Yala, en
adelante CONGRESOS GENERALES, el Ministerio de Educación
de Panamá, en adelante MEDUCA, y el Comité Gestor del
Fondo de Financiación de la V Comisión Mixta Hispano -
Panameña de Cooperación, en adelante, el FONDO MIXTO.
Para efectos del presente Acuerdo de Gestión estas
entidades serán designadas en lo sucesivo como LAS
PARTES.
SEGUNDO:
Objeto del Acuerdo de Gestión.
2.1. El presente Acuerdo de Gestión tiene como
objeto detallar los compromisos que adquiere cada una de
LAS PARTES para la debida ejecución de EL PROYECTO EBI
KUNA, así como establecer el sistema de funcionamiento
para la gestión de los fondos aportados por el FONDO
MIXTO y los mecanismos de coordinación, evaluación y
seguimiento de EL PROYECTO EBI KUNA.
2.2. EL PROYECTO EBI
KUNA
tiene como objetivo específico
definir el modelo kuna de EBI e implementarlo en los
territorios kunas de Panamá, desde preescolar hasta
tercer grado de Educación Básica General.
Para ello, se han definido tres (3) resultados que se
espera haber obtenido al finalizar el proyecto, en
diciembre de 2008:
Resultado 1:
Fortalecidas las capacidades de las instituciones claves
para la implementación de la EBI en los territorios
kunas.
Resultado 2:
Con los territorios kunas del país se habrá definido un
modelo propio de EBI para la Educación Básica General y
se estará implementando desde preescolar hasta tercer
grado.
Resultado 3:
Definido y en ejecución un programa de enseñanza de la
lengua kuna dirigido a personas ya alfabetizadas en
castellano.
2.3. El proceso de implementación de la EBI
supone la adaptación del currículo educativo de Panamá
para incorporar
los elementos y valores de la cultura kuna, así como su
idioma. Este proceso de adaptación al que se llama
también contextualización, requiere de la conformación,
la capacitación y el funcionamiento a tiempo completo,
durante todo el desarrollo del proyecto, de un equipo
técnico de profesionales, conformado por funcionarios de
EL MEDUCA y por expertos y autoridades kunas.
Este equipo trabajará en la contextualización del
currículo educativo para los kunas, y a partir de éste
elaborará los nuevos programas de estudio y recursos
didácticos. De igual forma, el proyecto organizará y
orientará todo el proceso de capacitación dirigido a que
los docentes, que laboran en los territorios kunas, se
adapten y se incorporen a la EBI.
EL PROYECTO EBI KUNA definirá y pondrá en ejecución un
programa de enseñanza de la lengua kuna, dirigido a
personas adultas ya alfabetizadas en castellano. Con
ello se pretende dar la oportunidad a los adultos kunas
de aprender a leer y escribir su propia lengua y poder
así acompañar mejor el proceso de aprendizaje de sus
hijos e hijas. La normalización de la lengua kuna
también implica poder enseñarla a las personas que, no
siendo indígenas, tengan el interés de aprender esta
lengua o la necesidad de hacerlo, como es el caso de los
educadores no kunas que trabajan en territorios
indígenas, tal como indica la Ley 47 de 1946, Orgánica
de Educación, en su Artículo 336 así:
“El Ministerio de Educación garantizará que el personal
docente y administrativo que ejerza funciones en las
comunidades indígenas tenga una formación bilingüe, con
dominio del español y de la lengua indígena de la
región”.
2.4. Para que todo el proceso de implementación
de la EBI sea sostenible y tenga continuidad, una vez
finalizado el apoyo del FONDO MIXTO, se requiere
fortalecer las capacidades de las instituciones claves,
principalmente, de EL MEDUCA y de los CONGRESOS
GENERALES. Por ello, EL PROYECTO EBI incluye también un
conjunto de actividades destinadas al fortalecimiento
institucional de estas entidades. Este apoyo, sin
embargo, debe ir decreciendo a lo largo de la ejecución
del proyecto, de manera que al finalizar éste EL MEDUCA
cuente con un presupuesto adecuado, no sólo para
mantener los resultados sino para seguir implementando
la EBI en los territorios kunas, de cuarto grado en
adelante.
TERCERO:
Sobre las actividades, el presupuesto y la financiación
del proyecto.
3.1. El documento de formulación del proyecto
detalla las actividades que se prevé realizar hasta
diciembre de 2008, así como las partidas que, de forma
preliminar, se han asignado a cada una de ellas, según
fue aprobado por el Comité Gestor del Fondo Mixto, en su
reunión XLI de octubre de 2005.
3.2. Las actividades previstas son, en
síntesis, las siguientes:
Para el Resultado 1:
- Investigación y generación de contenidos sobre la
lengua y la cultura kunas.
- Producción y publicación de materiales divulgativos.
- Talleres de divulgación y sensibilización sobre la
EBI.
- Fortalecimiento institucional de los Congresos Kunas.
- Fortalecimiento institucional de EL MEDUCA.
Para el Resultado 2:
- Conformación y capacitación de un Equipo Técnico del
Proyecto, a tiempo completo, para la contextualización
curricular de los programas de estudio y de los
materiales didácticos y su seguimiento.
- Contextualización del currículo desde preescolar hasta
el sexto grado de Educación Básica General.
- Elaboración de nuevos programas de estudio desde
preescolar hasta tercer grado de Educación Básica
General.
- Elaboración de nuevos recursos didácticos desde
preescolar hasta tercer grado de Educación Básica
General.
- Elaboración e implementación de un plan de
capacitación dirigido a la comunidad educativa.
Para el Resultado 3:
- Diseño y realización de los cursos de lengua kuna para
adultos alfabetizados en castellano.
3.3.
De acuerdo a la evaluación de los resultados obtenidos y
a la disponibilidad del Fondo Mixto Hispano – Panameño,
para cada ejercicio presupuestario, se definirá y
asignará a EL PROYECTO EBI una financiación anual
concreta, en base a un Plan Operativo Anual (POA), que
elaborará el
Equipo Técnico del Proyecto (ETP) y que será sometido a
la aprobación del Comité Gestor de EL FONDO MIXTO.
3.4. Los fondos del
proyecto serán transferidos por el FONDO MIXTO a una
cuenta bancaria específica a nombre del proyecto, contra
la cual se realizarán los pagos relativos a la ejecución
de las actividades. En esta cuenta tendrán firmas
autorizadas el Coordinador General de la Cooperación
Española en Panamá (al que se le designará un suplente)
y un representante de los CONGRESOS GENERALES de Kuna
Yala (al que se le designará también un suplente).
3.5. Los desembolsos para la
ejecución de las actividades se realizarán conforme a lo
previsto en el correspondiente Plan Operativo Anual
(POA), por medio de solicitudes de gasto que serán
generadas por el Coordinador del Proyecto, revisadas por
el Director del Programa Indígena del FONDO MIXTO y por
el Administrador de la Oficina Técnica de Cooperación de
la Embajada de España, y autorizadas por el Coordinador
General de la Cooperación Española en Panamá.
CUARTO:
Sobre el mecanismo de coordinación, seguimiento y
evaluación del proyecto.
4.1. La ejecución del proyecto será una
responsabilidad compartida por todas LAS PARTES de este
Acuerdo, para lo cual se conformará y funcionará un
Comité de Coordinación, Seguimiento y Evaluación.
4.2. El Comité de Coordinación, Seguimiento y
Evaluación estará conformado de la siguiente manera:
-
La Directora General de Educación de EL MEDUCA o
la persona en quien ésta delegue;
-
La Directora de Cooperación Internacional de EL
MEDUCA o la persona en quien ésta delegue;
-
La Directora de Cooperación Internacional del
Ministerio de Economía y Finanzas o la persona en quien
ésta delegue;
-
El Secretario del Congreso General Kuna o la
persona en quien éste delegue;
-
El Coordinador de la Cooperación Española en
Panamá o la persona en quien éste delegue;
-
El Coordinador del Proyecto.
4.3. Este Comité funcionará por medio de
reuniones cuya periodicidad será al menos bimestral, y
adoptará sus decisiones por consenso. El Coordinador de
la Cooperación Española en Panamá, en representación del
FONDO MIXTO, ejercerá la Secretaría de este Comité y
convocará a las reuniones. Serán funciones del Comité
las siguientes:
-
Establecer y acordar los aportes en recursos
humanos, técnicos y financieros que realizará cada una
de LAS PARTES en este Acuerdo para cada ejercicio
presupuestario, lo cual se reflejará en los respectivos
Planes Operativos Anuales (POA).
-
Consensuar los POA de forma previa a la
aprobación del Comité Gestor del FONDO MIXTO.
-
Acordar las medidas que, dentro de sus marcos de
competencia, cada una de LAS PARTES deba adoptar para la
buena marcha del proyecto y el cumplimiento de sus
objetivos y resultados previstos.
-
Establecer todas las coordinaciones
interinstitucionales que sean necesarias para la buena
marcha del proyecto.
-
Recibir y ponderar los informes de evaluación que
le serán sometidos bimestralmente por el Coordinador del
Proyecto.
-
En general, dar seguimiento, evaluar y trazar las
orientaciones estratégicas que por consenso se
consideren necesarias y adecuadas para la buena marcha
del proyecto.
QUINT0:
Sobre el Equipo Técnico del Proyecto.
5.1. La ejecución operativa, técnica y financiera
del proyecto estará a cargo del Equipo Técnico del
Proyecto (ETP). Para el año 2006, el ETP estará
conformado por dieciséis (16) personas, de la siguiente
manera:
-
Un Coordinador del Proyecto
-
Un Director Técnico del Proyecto
-
Ocho (8) técnicos kunas
Estas diez (10) personas serán designadas por los
CONGRESOS GENERALES y su contratación financiada por EL
PROYECTO EBI KUNA.
-
Dos (2) miembros de la Unidad Indígena de EL
MEDUCA
-
Dos (2) docentes kunas de preescolar
-
El Director Regional de Educación de Kuna Yala
-
El Supervisor Regional de Educación de Kuna Yala
La conformación del ETP será establecida cada año en el
POA correspondiente, de acuerdo a las necesidades del
proyecto.
5.2. Serán responsabilidades específicas del ETP:
-
Elaborar los POA del proyecto y
someterlos al
Comité de Coordinación, Seguimiento y Evaluación y al FONDO MIXTO para su
aprobación
-
Garantizar la
ejecución de los POA aprobados.
-
En desarrollo de cada POA,
elaborar un Plan de Trabajo, con un cronograma detallado
y una descripción de funciones y responsabilidades de
cada uno de los miembros, el cual será aprobado por el
Coordinador General de la Cooperación Española en
Panamá, en representación del FONDO MIXTO.
-
Organizar las actividades
programadas y garantizar una ejecución ordenada del
presupuesto aprobado, cumpliendo con el cronograma y con
las normas de gestión aplicables.
-
Elaborar y presentar al
Coordinador General de la Cooperación Española en Panamá
informes técnicos periódicos en los que se reflejen las
actividades realizadas, se evalúe el nivel de
cumplimiento de los objetivos, y se detalle la ejecución
financiera.
-
Elaborar los informes de evaluación que deberá
presentar bimestralmente el Coordinador del Proyecto al
Comité de Coordinación, Seguimiento y Evaluación.
-
Diseñar los instrumentos de
gestión que sean necesarios.
-
Ordenar los desembolsos para la
ejecución del proyecto.
-
Informar, con la mayor prontitud
posible, al Comité Gestor del FONDO MIXTO, por medio de
su Secretario, el Coordinador General de la Cooperación
Española, de todo aquello que pueda afectar la buena
marcha del proyecto.
-
Todas aquellas que sean necesarias
para la realización de las actividades y los objetivos
previstos.
5.3. El ETP funcionará bajo la conducción del
Director Técnico del Proyecto y del Coordinador del
Proyecto, quienes serán los responsables directos de la
organización de las actividades y del logro de los
objetivos establecidos. Este equipo tendrá como sede
principal las oficinas de los Congresos Generales Kunas
en la ciudad de Panamá.
5.4. La ejecución operativa y técnica del
proyecto se llevará a cabo en coordinación estrecha con
los CONGRESOS GENERALES, representados por sus Saila
Dummagan y el Secretario del Congreso General Kuna, con
la Oficina Técnica de Cooperación (OTC) de la Embajada
de España, como Secretaría del Comité Gestor del Fondo
Mixto, y con la Unidad Indígena de EL MEDUCA.
5.5. El régimen de funcionamiento del ETP se
ajustará a su Plan de Trabajo, al Documento de
Formulación del Proyecto, al Plan Operativo Anual, al
Manual de Procedimientos Administrativos del FONDO MIXTO
y a las cláusulas contenidas en el presente Acuerdo.
SEXTO:
Aportes y responsabilidades de los Congresos Generales
de Kuna Yala.
6.1. Como máximas autoridades
tradicionales de la comarca Kuna Yala, el Congreso
General Kuna y el Congreso General de la Cultura Kuna
orientarán el proceso de implementación de la EBI en su
comarca, mediante la investigación y generación de los
contenidos lingüísticos y culturales que propone que
sean incorporados en los currículos, planes de estudio y
recursos didácticos para adaptarlos a la metodología
EBI. En este sentido, es muy importante el aporte que
realizan las autoridades tradicionales y los conocedores
de la cultura Kuna.
6.2. De cara a la futura viabilidad social del
proceso de implementación de la EBI en Kuna Yala, sus
CONGRESOS GENERALES garantizarán que este proceso se
lleve a cabo en la comarca de forma consensuada y con
una amplia discusión y participación de todos los
actores claves, incluidos los dirigentes de todas las
comunidades, los conocedores de los asuntos relativos a
la lengua y la cultura kunas, y los padres y madres de
familia. Todo ello supone un importante aporte de los
Congresos Generales de Kuna Yala en todo lo relativo a
la logística organizativa de reuniones y asambleas
comunitarias y comarcales.
6.3. De igual forma, los Congresos Generales de
Kuna Yala se comprometen a facilitar la participación en
el proyecto de los Congresos Generales y autoridades
representantes de las comarcas kunas de Madungandi y
Wargandi y del área de Dagargunyala, de forma que la
investigación y la generación de contenidos lingüísticos
y culturales kunas tome en cuenta las particularidades
de estos territorios, e incorpore estas particularidades
en el proceso de contextualización de los currículos,
los planes de estudio y los recursos didácticos. Los
Congresos Generales de Kuna Yala facilitarán, asimismo,
la coordinación permanente con las autoridades de los
otros territorios kunas para que sus poblaciones puedan
beneficiarse también de los resultados y las actividades
del proyecto.
6.4. Los Congresos Generales de Kuna Yala aportan
al proyecto el personal de sus equipos directivos,
incluido los Saila Dummagan (Caciques Generales) y demás
autoridades de ambos Congresos, así como los técnicos
del Instituto Kuna Yala.
6.5. De igual forma, los Congresos Generales
aportan para el funcionamiento del proyecto las
instalaciones de sus oficinas en la ciudad de Panamá,
las cuales dispondrán de un espacio específico y
adecuado a las necesidades del proyecto, y funcionarán
como sede de EL PROYECTO EBI KUNA en la ciudad capital.
Las casas de los Congresos Locales de las comunidades de
la comarca también estarán a disposición de las
actividades del proyecto.
SÉPTIMO:
Aportes y responsabilidades del Fondo Mixto Hispano –
Panameño de Cooperación.
7.1.
El FONDO MIXTO, creado con los
aportes de los Gobiernos de España y Panamá, aporta
al proyecto el financiamiento necesario para la
ejecución de las actividades previstas en el documento
de formulación, por un monto total aproximado de
novecientos sesenta y seis mil ciento noventa Balboas
(B./966,190), cantidad aprobada
presupuestariamente en la XLI Reunión del Comité Gestor
del FONDO MIXTO, celebrada el 7 de octubre de 2005, y
que está sujeta a cambios de acuerdo a los
correspondientes Planes Operativos Anuales (POA).
De acuerdo a la evaluación de los resultados
obtenidos y a la disponibilidad de ambos Gobiernos para
cada ejercicio presupuestario, se definirá y asignará a
EL PROYECTO EBI KUNA una financiación anual concreta, en
base a un Plan Operativo Anual (POA).
7.2. El FONDO MIXTO aportará al
proyecto, además, al menos tres expertos adscritos al
mismo de forma permanente: el Director Técnico del
Proyecto (con sede en las oficinas de los Congresos
Generales Kunas), el Director del Programa Indígena del
Fondo Mixto (con sede en la Oficina Técnica de
Cooperación de la Embajada de España) y un Responsable
de Enlace de la Dirección de Cooperación Técnica
Internacional del Ministerio de Economía y Finazas de
Panamá (con sede en las oficinas de dicha Dirección
Nacional) .
7.3. El FONDO MIXTO también aporta a la
gestión operativa del proyecto las facilidades de la
Oficina Técnica de Cooperación de la Embajada de España
y de las oficinas de la Dirección de Cooperación Técnica
Internacional del MEF.
OCTAVO:
Aportes y responsabilidades del Ministerio de Educación
8.1. Como autoridad rectora de la educación en el
país, EL MEDUCA, por medio de su Dirección General de
Educación, y en desarrollo del
Plan Nacional de Educación Bilingüe Intercultural,
será responsable de la planificación estratégica y la
conducción del proceso de implementación de la EBI en
los territorios kunas.
La
adaptación curricular y la capacitación de los docentes
requerirá de una planificación y dotación presupuestaria
adecuadas por parte de EL MEDUCA, así como de una
planificación operativa anual detallada y consensuada
con las autoridades indígenas kunas.
8.2.
Durante la vigencia de este Acuerdo de Gestión, el Plan
Operativo Anual definirá para cada período las
necesidades específicas en materia de personal técnico
de EL MEDUCA que requerirá el ETP y, en general, el
proyecto para el cumplimiento de sus objetivos. EL
MEDUCA aportará al proyecto el personal técnico
necesario en las siguientes áreas:
-
Currículo y Tecnología Educativa
-
Unidad Indígena
-
Dirección Regional de Educación
-
Docentes
8.3. Es responsabilidad de EL MEDUCA la
aprobación y adopción oficial del currículo educativo
contextualizado, de los programas de estudio y de los
materiales educativos que genere el proyecto.
8.4.
El proyecto organizará y
orientará todo el proceso de capacitación dirigido a que
los docentes que laboran en los territorios kunas se
adapten y se incorporen a la EBI, por medio del diseño y
ejecución de un Plan de Formación de Docentes. Este Plan
incluirá actividades dirigidas no sólo a los docentes en
activo, sino también a estudiantes de la Escuela Normal
de Santiago y de la Facultad de Ciencias de la
Educación.
EL MEDUCA por medio de su Dirección Nacional de
Formación y Perfeccionamiento Profesional, garantizará
la debida ejecución de este Plan de Formación de
Docentes, así como la dotación de los recursos humanos y
técnicos requeridos para su implementación.
8.5. De igual forma, EL MEDUCA asegurará el
acompañamiento, la supervisión y la evaluación en el
terreno de todo el proceso de implementación de la EBI,
a través de su Dirección Regional de Educación en Kuna
Yala y las demás Direcciones Regionales de Educación que
atiendan a población escolar kuna.
8.6.
De cara a hacer posible la gradual implementación de la
EBI en las escuelas de los territorios kunas, EL MEDUCA
adoptará las medidas necesarias para asegurar que en
dichas escuelas, al menos en los primeros niveles de la
Educación Básica General, se nombren a partir del curso
académico 2007 solamente educadores que dominen tanto el
español como la lengua kuna, tal como establece el
Artículo 336 de la Ley 47 de 1946.
8.7. EL MEDUCA aportará, anualmente según lo
establecido en el POA correspondiente, los recursos
necesarios para la impresión y publicación de los
recursos didácticos adaptados a la EBI, que serán
diseñados por EL PROYECTO EBI KUNA.
8.8. EL MEDUCA, dentro de su planificación
estratégica anual, establecerá los mecanismos efectivos
y las partidas presupuestarias que se invertirán en la
formación de indígenas como futuros docentes, de forma
que se les garantice la accesibilidad a becas para
estudiar en la Escuela Normal de Santiago.
8.9. EL MEDUCA velará por que las campañas de
alfabetización de adultos que realice en territorios
kunas se lleven a cabo, conforme a la metodología de la
EBI, de acuerdo a los principios generales de la
lecto–escritura kuna adoptada por los Congresos
Generales Kunas y en coordinación con el proyecto.
8.10. EL PROYECTO EBI KUNA asumirá el pago de los
viáticos que se requieran para la movilización de los
funcionarios de EL MEDUCA para el acompañamiento, la
supervisión y la evaluación en el terreno de las
actividades de EL PROYECTO EBI KUNA.
NOVENO:
Compromisos Generales.
LAS PARTES velarán para que el presente Acuerdo sea
respetado con diligencia y eficacia de rigor, y cada
PARTE proporcionará a la otra cualquier información que
a este respecto le fuera solicitada.
DÉCIMO: Marco jurídico aplicable.
EL PROYECTO EBI KUNA se subordinará técnica,
administrativa y contablemente al Plan Operativo Anual,
a los lineamientos del Documento de Formulación del
Proyecto, a las normas promulgadas por el gobierno
español sobre la gestión financiera de proyectos de
cooperación, a la normativa panameña aplicable, al Acta
de la V Reunión de la Comisión Mixta Hispano - Panameña
de Cooperación Técnica firmada en Panamá el 27 de mayo
de 2005, a las directivas sobre cooperación
internacional emitidas por el gobierno español y a los
documentos bilaterales de Panamá y España que se
refieran a temas de cooperación al desarrollo.
DÉCIMOPRIMERO:
Solución de controversias.
Cualquier duda o discrepancia surgida entre LAS PARTES
en relación con la interpretación de este Acuerdo de
Gestión, del Documento de Formulación del Proyecto y del
Plan Operativo Anual, se resolverá de acuerdo con los
criterios del Fondo Mixto Hispano - Panameño de
Cooperación.
DÉCIMOSEGUNDO:
Disposiciones finales.
El presente Acuerdo podrá ser modificado por acuerdo de
LAS PARTES, frente a un evento de fuerza mayor o en caso
fortuito.
Este Acuerdo entrará en vigor en el momento de su firma y se
dará por finalizado en el momento en el que culmine la
ejecución del proyecto.
Y para que así conste, se firma el presente Acuerdo de
Gestión, en Panamá a los 9 días del mes de agosto de dos
mil seis (2006).
|
_______________________________
S.E. MIGUEL CAÑIZALES
Ministro de Educación
República de Panamá
_______________________________
S.E. GERARDO ZALDÍVAR MIQUELARENA
Embajador de España en Panamá
|
________________________________
S.E. HÉCTOR ALEXANDER
Viceministro de Economía y Finanzas
República de Panamá
_______________________________
S.E. GILBERTO ARIAS
Saila Dummad
Comarca Kuna Yala |
Congreso
General Kuna, Agosto, 2006 |